El ruido no es un delito, es una
infracción municipal o una contravención policial pero la desobediencia a un
funcionario público, sí. Por lo tanto, se debe pedir al municipio que en el acta
de infracción, incluya un acta de intimación al cese, que en el caso de no ser
acatada se convierte automáticamente en delito. Eso obliga al inspector a
realizar una denuncia penal en la
Comisaría de la Jurisdicción y al oficial a cargo a comunicarse
inmediatamente con el fiscal en turno para que diligencie con el juez
competente una orden de allanamiento que permita ingresar a un domicilio y
secuestrar el objeto (en este caso el equipo de sonido) que produce la comisión
del delito. Es un mecanismo ágil que permite cortar el ruido en el momento en
el que se produce cuando el agresor acústico se niega a hacerlo.
Por supuesto,
para que se ponga en práctica se necesita un acuerdo previo entre autoridades
municipales, provinciales y judiciales. Este protocolo de actuación fue creado
en la Defensoría
del Pueblo de la provincia de Corrientes y puede ser imitado en cualquier parte
de la Argentina.
Sitio de lucha contra ruidos molestos, contaminación sonora y violencia acústica
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"No tenemos lucha contra carne y sangre, si no contra principados, contra potestades, contra los gobernadores de las tinieblas de este siglo, contra huestes espirituales de maldad en las regiones celestes. " Efesios 6:12
Y cómo se hace cuando tenés una alarma del vecino, de las no monitoreadas, que solo se apaga cuando el vecino regresa a su hogar y hasta ese momento tenés que PADECER taquicardias, estrés, problemas de comunicación , etc?
ResponderEliminarBuenas tardes, leí atentamente este artículo. Les comento, yo vivo en un pueblo (comuna rural) donde van a parar todos aquellos que desean vivir del negocio de los "boliches" ya que en las ciudades aledañas no se los permiten. Puse "boliches" entre comillas porque en realidad son locales improvisados (galpones sin ningún tipo de insonorización)ubicados en cualquier lugar del pueblo. Actualmente funciona uno en frente de mi casa. Les hago una pregunta: ¿que pasa si la autoridad pública (comisionado comunal) tiene intereses creados con esos negocios?. Soy de Tucumán y no hay ni siquiera una norma provincial que sea aplicable (al menos que yo conozca). Tengo informes de Defensa Civil donde dice que no cumplen con los requisitos y resolución de la Defensoría del Pueblo, pero parece que nada importa. Es increible que no existan normas para este tipo de situaciones, y que tengamos que andar peleando derechos.
ResponderEliminarME PARECE PERFECTO QUE SECUESTREN EL EQUIPO ...ES LA ÚNICA MANERA DE QUE SE TERMINE REALMENTE CON LAS MOLESTIAS OCACIONADAS.
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