Hasta aquí, lo que hemos hecho es
clarificar algunos conceptos técnicos fundamentales para evitar que el
damnificado sea confundido o burlado por las autoridades de turno y, a su vez,
dotarlo de las herramientas necesarias para que pueda precisar su problema y
elaborar propuestas adecuadas que le permitan resolverlo. Pero si algún
funcionario realmente interesado en la contaminación acústica leyera este blog,
podría decir “muy lindo todo pero cómo hago para que la comunidad pase de la
anarquía y el caos a un régimen de sanciones estrictas”.
Para eso hay que crear una serie
de instituciones tanto en el ámbito municipal,
provincial y nacional que concienticen del daño que el ruido puede ocasionar no
solo en la salud, sino también en las relaciones sociales y la economía.
Municipal
En el ámbito municipal hay tres
poderes: el ejecutivo, el legislativo y el judicial. Cada uno de estos tres debe hacer una parte para no
sobrecargar al otro.
La que le toca al Ejecutivo es incorporar al organigrama
una Dirección de Control de Ruidos y Vibraciones
integrada por representantes del Ejecutivo, las agrupaciones de damnificados
reconocidas públicamente y las asociaciones que nuclean a los profesionales de
la salud de patologías vinculadas (otorrinolaringólogos, psiquiatras,
cardiólogos, psicólogos sociales, sociólogos y antropólogos) para trabajar en conjunto, recepcionar denuncias, elaborar un diagnóstico preciso de la situación actual (que incluya cada uno de
los problemas generados por el ruido), realizar jornadas, charlas, congresos y seminarios con disertantes de prestigio local, nacional e
internacional para concientizar y educar a la ciudadanía sobre los efectos
nocivos que producen los ruidos excesivos e innecesarios, construir un plan integral de saneamiento acústico por etapas y controlar su ejecución.
El Concejo Deliberante debe crear una comisión de monitoreo compuesta por un integrante de cada uno de
los bloques parlamentarios, del Poder Ejecutivo, de las agrupaciones de
damnificados y de los profesionales de la salud para controlar el
funcionamiento de la
Dirección de Control de Ruidos y Vibraciones, garantizar el
cumplimiento de todas las ordenanzas vigentes sobre ruido y diligenciar toda
actualización normativa que se considere necesaria para reducir este flagelo.
También debe crear Juzgados de Faltas
Ambientales para que concentren y juzguen todas las causas relacionadas con
faltas, infracciones o contravenciones que afecten la salud e higiene, medio
ambiente y equilibrio ecológico, como las derivadas de la violación a las
ordenanzas que penalizan arrojo o depósito de desperdicios, residuos y aguas
servidas a la vía pública, la emanación de gases tóxicos, olores nauseabundos,
etc.
La razón es que las faltas
correspondientes a las infracciones ambientales tienen características propias
que las distinguen del resto y la necesidad de darle mayor celeridad y atención
a los expedientes relacionados con este tipo de contravenciones, que en muchos
casos producen daños irreparables en la salud de los contribuyentes y deterioran
el entorno físico, social, económico y cultural de la comunidad, convirtiéndose
en un factor de riesgo para la proliferación de innumerables enfermedades que
afectan la calidad de vida, como estrés e hipertensión arterial, aumento del
nivel de glucosa en sangre, etc.
Uno de esos Juzgados debe tener competencia acústica para concentrar
todas las faltas, infracciones, contravenciones y denuncias contra ruidos
molestos y agresiones sonoras. Por supuesto, debe exigírsele al juez que tenga idoneidad
moral y conocimientos fehacientes sobre contaminación acústica o asesoría
calificada para interpretar y aplicar correctamente la legislación vigente,
revertir la situación actual y establecer protocolos precisos y adecuados para
actuar y resolver conflictos.
Por idoneidad moral, se entiende
que no tenga intereses creados de tipo personal o comercial.
¿Qué quiere decir esto?
Que no tenga un familiar directo
que sea Disc Jockeys, participe del carnaval, toque la batería, el bajo o la
guitarra eléctrica, ni integre una banda de rock, grupo de cumbia o algo
similar. Tampoco, obviamente, debe ser propietario de un local bailable o salón
de fiestas, porque si no sería parte del problema y no de la solución y su
Juzgado se transformaría en otra estructura parasitaria de las tantas que hay
en el Estado..
Provincial
En el Gobierno Provincial, hay crear una Secretaría de Prevención de la Contaminación
Acústica, que posea una Dirección de Concientización y
Educación que permita diseñar programas y campañas de información acerca de las
causas y los efectos que generan los ruidos y las vibraciones, otra de
Cooperación Institucional que realice conjuntamente con instituciones ambientales
monitoreos o estudios específicos en distintas localidades de la provincia a
fin de diagnosticar, evaluar y corregir problemas existentes y una tercera de
Coordinación Interministerial que coordine acciones con otras
áreas del ejecutivo provincial para prevenir actividades que a pesar de
corresponder prioritariamente al control de aquéllas afectaren o pudieren
afectar negativamente al ambiente acústico.
Nacional
En el Estado Nacional, una Subsecretaría
que fomente e incentive programas de investigación sobre sonidos y vibraciones
de baja frecuencia, impulse acciones conjuntas con organismos de jurisdicciones
regionales, provinciales y municipales tendientes a acordar políticas comunes
de prevención y control de la violencia sonora, y apoye el trabajo de
agrupaciones y organizaciones de damnificados comprometidas públicamente con
esta problemática.
Poder Judicial
En el Poder Judicial, la creación de Juzgados
Ambientales con Salas Específicas para tratar los conflictos acústicos y
darle mayor celeridad y atención a los expedientes relacionados con este tipo
de demandas que no solamente afectan la salud, sino también la convivencia
entre vecinos, el derecho de propiedad y el patrimonio de los damnificados, ya
que algunas propiedades se devalúan si están cerca de un local bailable, club,
plaza o lugar donde se realizan recitales al aire libre porque nadie quiere
vivir allí.
Dada la complejidad del tema,
también es indispensable que se le exija al Juez conocimientos sobre acústica o
asesoría calificada, y que aplique el derecho precautorio como se realiza en el
resto de los litigios ambientales que representan un peligro para la salud.
Congreso
Finalmente, también sería
deseable que el Congreso Nacional
sancione dentro del Código Penal,
una ley que penalice la emisión de ruidos o vibraciones innecesarias u ociosas
que excedan los límites recomendados por la Organización Mundial
de la Salud.
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