"No tenemos lucha contra carne y sangre, si no contra principados, contra potestades, contra los gobernadores de las tinieblas de este siglo, contra huestes espirituales de maldad en las regiones celestes. " Efesios 6:12

Propuestas

Hasta aquí, lo que hemos hecho es clarificar algunos conceptos técnicos fundamentales para evitar que el damnificado sea confundido o burlado por las autoridades de turno y, a su vez, dotarlo de las herramientas necesarias para que pueda precisar su problema y elaborar propuestas adecuadas que le permitan resolverlo. Pero si algún funcionario realmente interesado en la contaminación acústica leyera este blog, podría decir “muy lindo todo pero cómo hago para que la comunidad pase de la anarquía y el caos a un régimen de sanciones estrictas”.
Para eso hay que crear una serie de instituciones tanto en el ámbito municipal, provincial y nacional que concienticen del daño que el ruido puede ocasionar no solo en la salud, sino también en las relaciones sociales y la economía.

Municipal
En el ámbito municipal hay tres poderes: el ejecutivo, el legislativo y el judicial. Cada uno de estos tres debe hacer una parte para no sobrecargar al otro.
La que le toca al Ejecutivo es incorporar al organigrama una Dirección de Control de Ruidos y Vibraciones integrada por representantes del Ejecutivo, las agrupaciones de damnificados reconocidas públicamente y las asociaciones que nuclean a los profesionales de la salud de patologías vinculadas (otorrinolaringólogos, psiquiatras, cardiólogos, psicólogos sociales, sociólogos y antropólogos) para trabajar en conjunto, recepcionar denuncias, elaborar un diagnóstico preciso de la situación actual (que incluya cada uno de los problemas generados por el ruido), realizar jornadas, charlas, congresos y seminarios con disertantes de prestigio local, nacional e internacional para concientizar y educar a la ciudadanía sobre los efectos nocivos que producen los ruidos excesivos e innecesarios, construir un plan integral de saneamiento acústico por etapas y controlar su ejecución.
El Concejo Deliberante debe crear una comisión de monitoreo compuesta por un integrante de cada uno de los bloques parlamentarios, del Poder Ejecutivo, de las agrupaciones de damnificados y de los profesionales de la salud para controlar el funcionamiento de la Dirección de Control de Ruidos y Vibraciones, garantizar el cumplimiento de todas las ordenanzas vigentes sobre ruido y diligenciar toda actualización normativa que se considere necesaria para reducir este flagelo. También debe crear Juzgados de Faltas Ambientales para que concentren y juzguen todas las causas relacionadas con faltas, infracciones o contravenciones que afecten la salud e higiene, medio ambiente y equilibrio ecológico, como las derivadas de la violación a las ordenanzas que penalizan arrojo o depósito de desperdicios, residuos y aguas servidas a la vía pública, la emanación de gases tóxicos, olores nauseabundos, etc.
La razón es que las faltas correspondientes a las infracciones ambientales tienen características propias que las distinguen del resto y la necesidad de darle mayor celeridad y atención a los expedientes relacionados con este tipo de contravenciones, que en muchos casos producen daños irreparables en la salud de los contribuyentes y deterioran el entorno físico, social, económico y cultural de la comunidad, convirtiéndose en un factor de riesgo para la proliferación de innumerables enfermedades que afectan la calidad de vida, como estrés e hipertensión arterial, aumento del nivel de glucosa en sangre, etc.
Uno de esos Juzgados debe tener competencia acústica para concentrar todas las faltas, infracciones, contravenciones y denuncias contra ruidos molestos y agresiones sonoras. Por supuesto, debe exigírsele al juez que tenga idoneidad moral y conocimientos fehacientes sobre contaminación acústica o asesoría calificada para interpretar y aplicar correctamente la legislación vigente, revertir la situación actual y establecer protocolos precisos y adecuados para actuar y resolver conflictos.
Por idoneidad moral, se entiende que no tenga intereses creados de tipo personal o comercial.
¿Qué quiere decir esto?
Que no tenga un familiar directo que sea Disc Jockeys, participe del carnaval, toque la batería, el bajo o la guitarra eléctrica, ni integre una banda de rock, grupo de cumbia o algo similar. Tampoco, obviamente, debe ser propietario de un local bailable o salón de fiestas, porque si no sería parte del problema y no de la solución y su Juzgado se transformaría en otra estructura parasitaria de las tantas que hay en el Estado..

Provincial
En el Gobierno Provincial, hay crear una Secretaría de Prevención de la Contaminación Acústica, que posea una Dirección de Concientización y Educación que permita diseñar programas y campañas de información acerca de las causas y los efectos que generan los ruidos y las vibraciones, otra de Cooperación Institucional que realice conjuntamente con instituciones ambientales monitoreos o estudios específicos en distintas localidades de la provincia a fin de diagnosticar, evaluar y corregir problemas existentes y una tercera de Coordinación Interministerial que coordine acciones con otras áreas del ejecutivo provincial para prevenir actividades que a pesar de corresponder prioritariamente al control de aquéllas afectaren o pudieren afectar negativamente al ambiente acústico.

Nacional
En el Estado Nacional, una Subsecretaría que fomente e incentive programas de investigación sobre sonidos y vibraciones de baja frecuencia, impulse acciones conjuntas con organismos de jurisdicciones regionales, provinciales y municipales tendientes a acordar políticas comunes de prevención y control de la violencia sonora, y apoye el trabajo de agrupaciones y organizaciones de damnificados comprometidas públicamente con esta problemática.

Poder Judicial
En el Poder Judicial, la creación de Juzgados Ambientales con Salas Específicas para tratar los conflictos acústicos y darle mayor celeridad y atención a los expedientes relacionados con este tipo de demandas que no solamente afectan la salud, sino también la convivencia entre vecinos, el derecho de propiedad y el patrimonio de los damnificados, ya que algunas propiedades se devalúan si están cerca de un local bailable, club, plaza o lugar donde se realizan recitales al aire libre porque nadie quiere vivir allí.
Dada la complejidad del tema, también es indispensable que se le exija al Juez conocimientos sobre acústica o asesoría calificada, y que aplique el derecho precautorio como se realiza en el resto de los litigios ambientales que representan un peligro para la salud.

Congreso
Finalmente, también sería deseable que el Congreso Nacional sancione dentro del Código Penal, una ley que penalice la emisión de ruidos o vibraciones innecesarias u ociosas que excedan los límites recomendados por la Organización Mundial de la Salud.

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