"No tenemos lucha contra carne y sangre, si no contra principados, contra potestades, contra los gobernadores de las tinieblas de este siglo, contra huestes espirituales de maldad en las regiones celestes. " Efesios 6:12

martes, 15 de marzo de 2011

ANTE LA PASIVIDAD DEL EJECUTIVO

El Concejo publicó en el Boletín Oficial
nueva ordenanza contra ruidos molestos

Luego de una larga y tensa lucha, Unidos por el Silencio logró que se publicara en el Boletín Oficial una nueva ordenanza contra ruidos molestos que obliga a colocar sensores de sonido en locales bailables.
La decisión, la tomó el Concejo Deliberante ante la pasividad del ejecutivo que había cajoneado el expediente durante cuatro meses. Los integrantes de la Coordinadora contra los ruidos molestos Unidos por el Silencio manifestaron que fue clave para lograr este objetivo, el proyecto de resolución que presentó en la última sesión el concejal Gabriel Romero y la intervención de los concejales Juan José López Desimoni y Gisela Gasparini.
La nueva norma obliga a todo establecimiento de diversión, ya sean salones de baile, cabarets, clubes nocturnos y círculos sociales, bares habilitados para realizar espectáculos públicos en vivo, gimnasios utilizados para reuniones y bailes públicos, cines, centro de jubilados, salones comunitarios y a todos los demás lugares en que se desarrollen actividades publicas y privadas que por distintas circunstancias utilicen equipos amplificadores o medios audiovisuales para el desarrollo de su actividad, a instalar en el interior del local, dispositivos electrónicos que cuando la música supere los 75 decibeles corte automáticamente el sistema de sonido.
Este dispositivo debe poseer un gabinete cerrado y precintado que debe estar autorizado por la Secretaría de Salud y Medio Ambiente y la Oficina de Control de Ruidos y Vibraciones (aún no fue creada).

Penalidades
Lo más relevante que establece esta nueva ordenanza es que al segundo corte en una misma noche, la autoridad municipal no podrá retirar el precinto y reinstalar el audio hasta que se cumplan doce horas de producido el episodio.
El mencionado dispositivo tomará el ruido ambiente del local por lo menos en 5 puntos del mismo, debiendo ser, ineludiblemente, uno de los puntos el centro de la pista de baile y si se detectaren manipulaciones o anomalías provocadas deliberadamente, se labrará el correspondiente acta de constatación con la prevención de clausura en caso de reincidencia.
Otra de las novedades que especifica esta nueva ordenanza es que desde la entrada en vigencia de la misma “no podrán ser habilitados locales comerciales para espectáculos o bailes ya sean con producción de música mecánica y/o números en vivo, a cielo abierto o con cerramientos parciales”, con lo cual los tradicionales salones de fiesta deberán adecuar sus instalaciones o no podrán continuar con su actividad.

Aislamiento acústico
Además se establece que todos los locales que sean de acceso públicos, como café, como café bar, café con expendio de bebidas, restaurantes, pizzerías, heladerías, casas de comidas y/o similares, o no comerciales como salones de reuniones de entidades de bien publico con concurrencia de publico si difunden música, la misma será de tipo ambiental o funcional, considerándose como tal aquella que no produzca interferencia en la comunicación verbal normal de los concurrentes y en ningún momento deberá trascender a la vía publica y/o a los vecinos.
Finalmente se advierte que todo equipo de audio ubicado en los establecimientos que no responda a las exigencias de la presente ordenanza será secuestrado por la autoridad de aplicación sin perjuicio de la sanción que le correspondiere al o los titulares y se otorga un plazo de 180 días para la adecuación de los locales existentes a los que les corresponde la adecuación de la presente ordenanza.

Publicado por diario digital momarandu.com Disponible en sitio web:

Publicado por diario Epoca. Disponible en sitio web:

Publicado por diario digital Metro Corrientes. Disponible en sitio web:

Publicado por Sobre Tablas.com periodismo político. Disponible en sitio web: 

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