"No tenemos lucha contra carne y sangre, si no contra principados, contra potestades, contra los gobernadores de las tinieblas de este siglo, contra huestes espirituales de maldad en las regiones celestes. " Efesios 6:12

sábado, 10 de septiembre de 2011

ENTRO EN VIGENCIA LA ORDENANZA 5385

Desde hoy locales bailables que no tengan
limitadores acústicos no podrán funcionar más

A las cero horas de hoy domingo entró en vigencia la ordenanza 5385 que establece la obligatoriedad de colocar limitadores acústicos en locales bailables, para que cuando la música supere los 75 decibeles corte automáticamente el sistema de sonido. Asimismo prohibe expresamente la producción de música mecánica y/o números en vivo, a cielo abierto o con cerramientos parciales.
Esta ordenanza que fue cajoneada por el actual secretario de Salud Carlos Frette durante cuatro meses, fue publicada en el boletín oficial gracias a la lucha de la Coordinadora contra los ruidos molestos Unidos por el Silencio y al trabajo de los concejales Gisela Gasparini, Gabriel Romero y Juan José López Desimoni, que la respaldaron totalmente.
La nueva norma obliga a todo establecimiento de diversión, ya sean salones de baile, cabarets, clubes nocturnos y círculos sociales, bares habilitados para realizar espectáculos públicos en vivo, gimnasios utilizados para reuniones y bailes públicos, cines, centro de jubilados, salones comunitarios y a todos los demás lugares en que se desarrollen actividades publicas y privadas que por distintas circunstancias utilicen equipos amplificadores o medios audiovisuales para el desarrollo de su actividad, a instalar en el interior del local, dispositivos electrónicos para que cuando la música supere los 75 decibeles corte automáticamente el sistema de sonido.
Este dispositivo debe poseer un gabinete cerrado y precintado que debe estar autorizado por la Secretaría de Salud y Medio Ambiente y la Oficina de Control de Ruidos y Vibraciones (todavía no fue conformada).

Penalidades
Lo más relevante que establece esta nueva ordenanza es que al segundo corte en una misma noche, la autoridad municipal no podrá retirar el precinto y reinstalar el audio hasta que se cumplan doce horas de producido el episodio.
El mencionado dispositivo tomará el ruido ambiente del local por lo menos en 5 puntos del mismo, debiendo ser, ineludiblemente, uno de los puntos el centro de la pista de baile y si se detectaren manipulaciones o anomalías provocadas deliberadamente, se labrará el correspondiente acta de constatación con la prevención de clausura en caso de reincidencia.
Otra de las novedades que especifica esta nueva ordenanza es que ya “no podrán ser habilitados locales comerciales para espectáculos o bailes ya sean con producción de música mecánica y/o números en vivo, a cielo abierto o con cerramientos parciales”, con lo cual los tradicionales salones de fiesta que no adecuaron sus instalaciones no podrán continuar con su actividad.

Aislamiento acústico
Además se establece que todos los locales que sean de acceso públicos, como café, como café bar, café con expendio de bebidas, restaurantes, pizzerías, heladerías, casas de comidas y/o similares, o no comerciales como salones de reuniones de entidades de bien publico con concurrencia de publico, si difunden música, la misma será de tipo ambiental o funcional, considerándose como tal aquella que no produzca interferencia en la comunicación verbal normal de los concurrentes y en ningún momento deberá trascender a la vía publica y/o a los vecinos.
Finalmente se advierte que todo equipo de audio ubicado en los establecimientos que no responda a las exigencias de la presente ordenanza será secuestrado por la autoridad de aplicación sin perjuicio de la sanción que le correspondiere al o los titulares.
Consultados sobre la importancia de la aplicación de esta ordenanza, los integrantes de Unidos por el Silencio manifestaron “es una excelente ordenanza por la que trabajamos muchísimo, queremos agradecer a todos los ediles que nos apoyaron y especialmente, al autor del proyecto, Agustín Payes y a los concejales, Gabriel Romero, Gisela Gasparini y Juan José López Desimoni que hicieron denodados esfuerzos para que se publicara en el boletín Oficial. Ahora todo depende del intendente, el secretario de Salud, el subsecretario de Medio Ambiente y los funcionarios de Saneamiento Ambiental que hasta ahora no han aplicado ninguna ordenanza sobre ruidos molestos, esperamos que en esta oportunidad recapaciten y lo hagan no solo por nosotros, sino por toda la ciudadanía que padece esta agresión y se lo está demandando diariamente por todos los medios de comunicación.

Publicado por diario digital momarandu.com Disponible en sitio web:

Publicado por diario El Litoral de Corrientes. Disponible en sitio web:

Publicado por diario Epoca. Disponible en sitio web:

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