"No tenemos lucha contra carne y sangre, si no contra principados, contra potestades, contra los gobernadores de las tinieblas de este siglo, contra huestes espirituales de maldad en las regiones celestes. " Efesios 6:12

lunes, 12 de enero de 2015

URUGUAY

Rocha: Autos baffle, cumpleaños y fiestas privadas 
deberán pagar 324 dólares por cada ruido molesto

La intendencia de Rocha modificó este año la ordenanza sobre ruidos molestos y ha resuelto aplicar fuertes multas a quienes organicen fiestas privadas en domicilios particulares, escuchen música a alto volumen en vehículos y realicen la "previa" de los boliches.
La decisión obedece al gran número de quejas que se registra en este departamento todos los veranos, especialmente en balnearios como Punta del Diablo o La Pedrera.
El Municipio de Rocha envió un comunicado en el que explica que la modificación se realizó en base al Decreto Nº 2/2014, que empezará a aplicarse este verano.
La nueva norma jurídica regula las sanciones sobre "previas" y fiestas privadas con ruidos molestos y permite incluso que se retengan los vehículos que pasan música en condiciones no permitidas.
Según el texto, que publica La Paloma Hoy, "el incumplimiento de la presente ordenanza llevará a la aplicación de sanciones económicas por la constatación de ruidos molestos en una finca particular, para la cual se prevé el pago de hasta 10 Unidades de Multa reajustables al propietario de la finca donde ocurra el hecho denunciado". Es decir, la multa podría llegar a los 7690 pesos (324 dólares).

Secuestro de vehículos
La ordenanza considera ruidos molestos "los emanados de cualquier tipo de vehículos de tracción mecánica como consecuencia de poseer éste accesorios que produzcan ruidos, música, o cualquier sonido que sea percibido del exterior del mismo, el vehículo en estas condiciones se considerará inhabilitado para circular y podrá ser retenido hasta que elimine la fuente del ruido".
El decreto Nº 2/14 de la Ordenanza sobre Ruidos Molestos establece que “ninguna persona física o jurídica podrá generar ruidos molestos y/o perjudiciales para el bienestar público, aun cuando se encuentre dentro de los límites de su propiedad”.En caso de infracción, la multa se aplica al dueño de la propiedad.
  
Publicado por portal digital Montevideo.com.uy. Disponible en sitio web:

Publicado por sitio multimedia Espectador.com Disponible en sitio web:

Publicado por La Paloma hoy.uy Disponible en sitio web:

Publicado por diario El Observador. Disponible en sitio web:

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